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Política de Comisiones

Las comisiones de la Sociedad Comisionista de Bolsa – Bursátiles Ganaderos de Colombia S.A. – Bursagan S.A, para operaciones realizadas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., se determinarán de la siguiente manera y de acuerdo al tipo de negociación:

Registro:

  • Valor de las facturas a registrar.
  • Tipo de producto (natural o procesado).
  • Fecha de expedición de la factura.
  • Volumen de operaciones a realizar.

Inversión:

  • Monto de la inversión.
  • Plazo de la inversión.
  • Tasa de mercado.

REPO sobre CDM:

  • Valor de la operación.
  • Plazo de la operación.
  • Análisis financiero.
  • Análisis de riesgo.
  • Tipo de producto y comercialización del subyacente.
  • Tasa de mercado.

Venta en Mercado de Compras Públicas:

  • Valor de la negociación.
  • Plazo de la negociación.
  • Experiencia en ventas institucionales.
  • Antigüedad del mandante en su negocio.
  • Análisis financiero. Análisis de riesgo.

Todas las comisiones se negociarán y expresaran en términos porcentuales. El valor equivalente en pesos, negociado y cobrado, deberá estar dentro del rango de cobro a clientes establecidos en esta política. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se podrán realizar negociaciones con comisiones iguales o inferiores a cero.

 

TARIFAS SERVICIO DE REGISTRO

Tarifas del Mercado de Físicos

Operación Tarifa de Registro Tarifa de Registro mínima por punta Plazo Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento Electrónico de Datos
Físico disponible 0,04% COP 10.000 T+5 COP 28
Forward 0,04% COP 10.000 T+5 COP 28
Físico disponible sin administración de garantías 0,04% Sin tarifa mínima T+5 COP 28
Forward sin administración de garantías 0,04% COP 10.000 T+5 COP 28
Disponible sin administración de Garantías y con garantía FAG 0,04% Sin tarifa mínima T+5 COP 28
Forward sin administración de Garantías y con garantía FAG 0,04% COP 10.000 T+5 COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

POLÍTICA DE COBRO DE TARIFA DE COMISIÓN MERCADO DE FÍSICOS

El cobro de la comisión oscilará entre 0.1% – 3.5%.

Tarifas Registro de Facturas

Registro de Facturas Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación no mayor a cinco (5) días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a cinco (5) días calendario a la fecha de registro y menor o igual a cuarenta y cinco (45) días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a cuarenta y cinco (45) días y menor o igual a noventa (90) días calendario a la fecha de registro **Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a noventa (90) días y menor o igual a ciento ochenta (180) días calendario a la fecha de registro Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento Electrónico de Datos
Producto natural 0,037% 0,042% 0.050% 0.050% COP 28
Café pergamino 0,017% 0,018% 0.025% 0.025% COP 28
Café consumo 0,025% 0,028% 0.035% 0.035% COP 28
Café pasilla 0,025% 0,028% 0.035% 0.035% COP 28
Café excelso 0,025% 0,028% 0.035% 0.035% COP 28
Producto procesado 0,050% 0,057% 0.065% 0.065% COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

***Boletín Normativo No. 07- Circular No. 04 del 26-03-2020 (…)Parágrafo transitorio.- De conformidad con lo señalado en el artículo 3.1.2.6.4. de la presente Circular, desde la entrada en vigencia de la Circular No. 4 de 2020 expedida por la Bolsa y hasta que se logre conjurar la crisis que dio lugar a la declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por parte del Presidente de la República de Colombia a través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, la fecha límite para el registro de facturas será de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la factura, del documento equivalente a factura o de los demás consecutivos que permitan identificar el negocio. Ver más

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

POLÍTICA DE COBRO DE TARIFA DE COMISIÓN REGISTRO DE FACTURAS

El cobro de la comisión oscilará entre 0.001% – 1%

Tarifas del Mercado de Compras Públicas
Operaciones forward punta compradora

Volumen acumulado en el mercado de compras públicas desde el 1 de enero del año en que se celebra la operación hasta la fecha en que se celebra la operación Tarifa de Registro plena sobre el valor de la operación Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento Electrónico de Datos
Desde (miles de millones) Hasta e incluyendo (miles de millones)
0 200 0,30% COP 28
200 500 0,26% COP 28
500 1000 0,24% COP 28
1000 en adelante 0,21% COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

Operaciones disponibles punta compradora

Volumen acumulado en el mercado de compras públicas desde el 1 de enero del año en que se celebra la operación hasta la fecha en que se celebra la operación Tarifa de Registro plena sobre el valor de la operación Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento Electrónico de Datos
Desde (miles de millones) Hasta e incluyendo (miles de millones)
0 200 0,265% COP 28
200 500 0,260% COP 28
500 1000 0,240% COP 28
1000 en adelante 0,210% COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

POLÍTICA DE COBRO DE TARIFA DE COMISIÓN MCP

La comision es fijada por cada Entidad Estatal, la cual determina un porcentaje maximo a cobrar. Las SCB interesadas en representar a la entidad estatal presentas propuestas de comision de acuerdo a la metodología definida por la entidad.

Tarifas para la punta vendedora

Operación Tarifa Tarifa de Registro mínima por punta Plazo Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento
Físico disponible 0,265% Sin tarifa mínima T+5 COP 28
Forward 0,300% Sin tarifa mínima Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la celebración de la operación COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

POLÍTICA DE COBRO DE TARIFA DE COMISIÓN MCP PUNTA VENDEDORA

El cobro de la comisión oscilará entre 0.1% – 3.5%.

Tarifas del Mercado de Instrumentos Financieros

Operación Tarifa de Registro por punta Tarifa de Registro mínima por punta Plazo Tarifa adicional por punta servicio de Firma Electrónica y Procesamiento Electrónico de Datos
Venta definitiva de facturas 0,375% efectiva anual n/a T+5 COP 28
Secundario 0.025% COP 28
Colocación primaria Unidades de carteras colectivas Punta vendedora 0.0125% sobre el valor de la Operación. Punta compradora 0% Día cumplimiento pago de la operación COP 28
Todas las demás operaciones 0,10% COP 10.000 COP 28

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Nota: A partir del 03 de marzo de 2016 al cobro por Servicio de Registro se adicionará la suma de $ 28 + IVA correspondiente a Estampa Cronológica. Este cobro se realizará por comprobante de negociación. Lo anterior conforme a lo establecido en los Boletines Normativos de la BMC No 30 del 23 de septiembre de 2015 y No 5 del 01 de marzo de 2016.

POLÍTICA DE COBRO DE TARIFA DE COMISIÓN INSTRUMENTOS FINANCIEROS

El cobro de la comision para la punta vendedora oscilará entre el 1% – 6% anualizado y para la punta compradora entre el 0.001% – 2%.

TARIFAS SERVICIO COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

Mercado de Físicos y Mercado de Compras Públicas

Tipo de Operación Tarifa C/V Tipo Tarifa Tarifa Mínima por Punta
Mercado de Físicos Disponible 0,280% Plena $ 10.000
Forward (hasta 360 días) 0,280% Plena $ 10.000
Disponible sin administración de Garantías 0,190% Plena No Aplica
Forward sin administración de Garantías (hasta 360 días) 0,190% Plena $ 10.000
Disponible sin administración de Garantías y con garantía FAG 0,110% Plena No Aplica
Forward sin administración de Garantías y con garantía FAG (hasta 360 días) 0,110% Plena $ 10.000
MCP Disponible 0,185% Plena No Aplica
Forward (hasta 360 días) 0,210% Plena No Aplica
Operación que afecte presupuesto de vigencias futuras (hasta 3 años) 0,210% Plena No Aplica

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Mercado de Instrumentos Financieros

Tipo de Operación Tarifa Comprador Tarifa Vendedor Tipo Tarifa Tarifa Mínima por Punta
Repos sobre CDM 0,35% 0,50% Anualizado sobre valor presente $ 10.000

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

Tarifas por Corrección o Modificación de Operaciones

Modificación Tarifa Tarifa Estampa Cronológica
Modificación datos del mandante 0,1083 salarios mínimos legales $ 28 + IVA
Precio, adición o sustracción de no mas de dos dígitos 0,0217 salarios mínimos legales $ 28 + IVA
Precio, adición o sustracción de mas de tres dígitos ** $ 28 + IVA
Otras Modificaciones 0,0217 salarios mínimos legales $ 28 + IVA

FUENTE: CIRCULAR ÚNICA DE LA BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A.

En todos los casos, el valor correspondiente se establecerá aproximando al mil más cercano.

Los valores establecidos aplican para cada modificación de manera independiente, es decir, si sobre una operación se realizan varias modificaciones, cada modificación dará lugar al cobro.

** Las modificaciones que impliquen la adición o sustracción de tres (3) o más dígitos en adelante en el precio, tendrán una tarifa equivalente a la sumatoria de los ingresos de comisión cobrados por compra y venta, por la sociedad comisionista miembros de la Bolsa, sobre la operación final modificada, es decir sobre aquella operación debidamente registrada como definitiva en el Sistema de Información Bursátil, para lo cual se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

  • No se tendrán en cuenta los dígitos después del punto decimal;
  • La comisión base para el cálculo es la cobrada por las sociedades comisionistas miembros compradora y vendedora, en el Registro de Facturas;
  • La tarifa de modificación tendrá un cobro máximo equivalente a 2,1668 smlmv por cada operación modificada.

Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el inciso último de éste artículo, el precio susceptible de modificación será aquel que se obtenga del registro de facturas y, en consecuencia, no será aplicable para los precios de las operaciones de mercado abierto.

 

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